Aquellas particulares de la acción u omisión, que imprimen al acto definido como delito, cierto carácter que lo justifica o que determina la impunidad de la gente. Las relaciones, circunstancias y calidades personales, cuyo efecto sea disminuir o excluir la penalidad, solo tienen influencia respecto al autor o cómplice del delito.