Estado patológico de un asalariado, resultante del ejercicio de una profesión determinada, pero sin que sea consecuencia de un accidente, y que la ley toma en consideración para imponer al empleador a favor de la víctima, indemnizaciones semejantes a las que derivarían de un accidente de trabajo. Se diferencia del accidente en que éste comprende todas las lesiones corporales debidas a una causa exterior súbita y violenta, en tanto que la enfermedad invade gradualmente el organismo, y resulta imposible darle un comienzo preciso.